Un padre reclama 4,28 millones a su yerno por la compra de una villa en Dubái y pierde el juicio

Un tribunal de Dubái ha desestimado la demanda presentada por un hombre que reclamaba a su yerno 4.284.305 dirhams, una cantidad que, según sostenía, le había prestado para ayudarle a comprar una villa destinada al matrimonio formado por el demandado y su hija. 

El caso llegó al Tribunal Civil de Primera Instancia de Dubái después de que surgieran problemas matrimoniales entre la pareja y la hija del demandante iniciara los trámites de divorcio. Fue entonces cuando el padre decidió reclamar judicialmente el dinero que aseguraba haber entregado como préstamo. 

Siete años sin documentar el supuesto préstamo

Según la demanda, el padre aseguró que su yerno le había solicitado el dinero para adquirir la vivienda. Explicó además que la relación familiar existente entre ambos había supuesto un impedimento moral para exigir anteriormente la devolución del dinero o formalizar por escrito el préstamo durante aproximadamente siete años. Como prueba presentó copias de varios cheques relacionados con la operación. 

Sin embargo, el tribunal consideró que estos elementos no demostraban que existiera realmente una relación de préstamo entre suegro y yerno. Tampoco encontró pruebas de que el yerno hubiera solicitado formalmente el dinero o asumido el compromiso de devolverlo. 

Los cheques no fueron suficientes

Uno de los aspectos fundamentales de la sentencia fue el destino de los pagos. Los cheques aportados demostraban que se habían abonado determinadas cantidades, pero los beneficiarios fueron el agente inmobiliario, el departamento encargado del registro de la propiedad y el vendedor de la villa, y no directamente el yerno. 

Por este motivo, el tribunal entendió que los documentos acreditaban la realización de pagos relacionados con la adquisición del inmueble, pero no demostraban que esas cantidades constituyeran un préstamo que el yerno estuviera obligado a devolver. 

Además, algunos de los pagos procedían de una empresa propiedad del demandante. El tribunal recordó que una compañía posee personalidad jurídica y patrimonio propios, separados de los de su propietario, y tampoco encontró pruebas que acreditaran que esos pagos empresariales representaran un préstamo personal del padre a su yerno. 

El divorcio tampoco demuestra la existencia de una deuda

La disputa matrimonial y el posterior proceso de divorcio de la hija tampoco fueron considerados prueba suficiente de que el dinero empleado para comprar la vivienda tuviera que ser devuelto.

El tribunal concluyó que el demandante no consiguió demostrar el origen de la supuesta deuda ni la obligación de su yerno de reembolsar los 4,28 millones de dirhams. Por ello, desestimó la demanda y ordenó al padre asumir las tasas y gastos judiciales. 

La resolución pone de relieve la importancia de documentar adecuadamente las operaciones económicas incluso cuando se producen entre familiares, especialmente cuando están involucradas cantidades elevadas de dinero y adquisiciones inmobiliarias.

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